Según información del Congreso de la República, la Comisión de Transportes y Comunicaciones aprobó el martes 11 un proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo, para fortalecer las funciones de supervisión y sanciones de OSIPTEL.

El proyecto de ley contempla los siguientes aspectos principales:

  • Supervisión. Creación de 3 instancias
    • Comisión de Defensa de la Competencia (Codeco), en reemplazo de los cuerpos colegiados
    • Tribunal de Apelaciones
    • Registro de Empresas Supervisoras
  • Sanciones.
    • Incremento de multas; la máxima multa pasa de 350 a 1 000 UIT
    • Ampliación de criterios para la imposición de sanciones

Entre todos estos cambios, quizás lo más visible corresponde a la creación de la figura de empresas supervisoras, que permita a OSIPTEL contar con una capacidad de supervisión acorde con el crecimiento del mercado en los últimos años.

Sin duda, esto contribuye con el fortalecimiento institucional de OSIPTEL, en especial de cara a los usuarios, principales beneficiarios de que la supervisión de los estándares de calidad de servicio de los operadores alcance niveles razonables.

No obstante ello, el otro lado de una misma moneda es que este fortalecimiento venga siempre de la mano con indicadores precisos, de modo tal que los operadores –sobre todo los más nuevos o más pequeños- sepan siempre a qué atenerse en su gestión operativa y comercial, para evitarse una sobrecarga de sanciones.

Empresas supervisoras

Como todos sabemos, Perú tiene una geografía compleja. Esto implica que el desarrollo de mercados pujantes sea más complicado mientras más nos alejemos de Lima Metropolitana.

En cobertura de servicios de telecomunicaciones, por ejemplo, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) tiene planeado adjudicar este el proyecto de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica (RDNFO), que proveerá de banda ancha a 180 capitales de provincia mediante un mecanismo de subsidio, motivado precisamente por la geografía compleja del país.

En los ámbitos a su cargo (promoción de la competencia y defensa de los derechos de los usuarios), OSIPTEL tiene diversas funciones, una de las cuales (supervisión) exige abundante trabajo de campo, para verificar el cumplimiento de los operadores de sus obligaciones de calidad de servicio hacia sus clientes.

Este trabajo de campo consiste en visitas a las instalaciones técnicas u oficinas comerciales de los operadores, tradicionalmente por parte de funcionarios de OSIPTEL debidamente calificados.

Sin embargo, el crecimiento del mercado no ha venido aparejado por un crecimiento en el equipo de OSIPTEL a cargo de dicha función de supervisión. No es lo mismo supervisar un mercado con 1 millón que con más de 30 millones de líneas móviles (años 2000 y 2012, respectivamente).

El caso se exacerba por la implementación de ciertas normas pro-competencia, como la portabilidad numérica, el modelo de operadores móviles virtuales, o incluso las obligaciones asumidas por Telefónica como parte de la renovación de sus contratos de concesión, aspectos todos que exigen una mayor actividad supervisora de OSIPTEL, más allá del crecimiento en el tamaño de mercado.

En este contexto, la figura de Empresas Supervisoras consiste en que OSIPTEL podrá “tercerizar” la labor de supervisión mediante la contratación de empresas especializadas en dicha actividad a nivel nacional.

Esto dará a OSIPTEL un gran margen de flexibilidad en la gestión de la supervisión (incrementos rápidos de equipo de trabajo en épocas de “temporada alta”, por ejemplo), lo cual se traduce en menores costos (contratación de profesionales residentes en diferentes regiones del país, por ejemplo) y –más importante que eso- en una más rápida capacidad de respuesta a sus necesidades de supervisión.

La figura de empresas supervisoras ya existe en otros sectores regulados, como energía o saneamiento, de modo que OSIPTEL puede tomar la experiencia en dichos sectores para una gestión más eficiente.

Las sanciones y el factor alfa

El proyecto de ley contempla un incremento sustantivo en la escala de multas, para las infracciones leves, graves  y muy graves. En particular, la multa máxima sube de 350 a más de 1 000 UIT, lo cual equivale a pasar de 1,3 a 3,7 millones de soles.

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Según cifras mostradas por el proyecto de ley, esto nos ubicaría como el segundo país en Sudamérica con niveles de multa más alto en dólares comparables (ajustados por poder de paridad de compra), sólo por debajo de Brasil (comprensible por ser el mercado más grande en Sudamérica), y más del doble respecto a Chile o Colombia (economías medianas cuya evolución en telecomunicaciones suele ser un referente para Perú).

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Siendo discutible, esto puede no ser tan negativo, considerando la concentración de mercado actual en beneficio de Telefónica –aunque quizás eso sería una razón para aplicar topes más distanciados entre las multas por infracciones leves, graves y muy graves-.

Donde consideramos que el proyecto de ley es perfectible antes de ser aprobado por el Pleno en el Congreso, es en una mayor claridad sobre la naturaleza de las acciones de los operadores que sean sancionables por OSIPTEL, para evitar un riesgo potencial de incremento sustancial en el volumen de sanciones, que perjudique el sano crecimiento competitivo del mercado.

Decimo esto porque, sin duda, una mayor infraestructura operativa para la supervisión derivará naturalmente en más sanciones, más aun considerando que la opinión pública tendrá los ojos puestos en lo que OSIPTEL haga con dicha mayor infraestructura.

El caso es que las sanciones impactan sobre un aspecto más relevante en el largo que en el corto plazo: la futura renovación de concesiones de diversos operadores.

Como es de conocimiento público, MTC tiene la potestad de reducir el plazo de renovación de concesiones por debajo de 20 años, en función a los montos de sanciones aplicados a cada operador, a través de un ”factor alfa” calculado por OSIPTEL, que traduce los montos de sanciones en unidades de tiempo.

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En el reciente caso de Telefónica, por ejemplo, la aplicación del factor alfa implicó una reducción en el plazo de renovación de 20 años a 18 años con 10 meses.

Telefónica tiene, entonces, el tema resuelto, no así otros operadores, cuya renovación de concesiones ocurrirá en los próximos años.

El comprensible riesgo de incremento en el volumen de sanciones introduciría un sesgo inequitativo en perjuicio de tales operadores –en especial a uno de reciente entrada al país-, lo cual afecta el horizonte de su posición en el mercado, y por tanto impactaría sobre su sano crecimiento competitivo.

Mayor supervisión, mejor competencia

A fin de evitar que algunos operadores enfrenten sus futuros procesos de renovación de concesiones en condiciones desventajosas respecto al escenario que tuvo Telefónica, vemos 3 posibilidades: o una precisión minuciosa en el proyecto de ley sobre el esquema de sanciones; o una reconsideración en las condiciones establecidas para dichas renovaciones, para que el potencial incremento de sanciones no las sobre-afecte; o ambas cosas.

De esta forma, podremos lograr en paralelo un fortalecimiento de las facultades supervisoras y sancionadoras de OSIPTEL (enhorabuena), y la subsistencia de sanas condiciones de crecimiento competitivo en el mercado.