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Comprar (servicios de) telecomunicaciones no es exactamente lo mismo que comprar una nueva camisa o incluso un auto. Tiene sus particularidades.

En forma similar a otros servicios públicos (tales como energía eléctrica o saneamiento), el mercado de telecomunicaciones muestra 2 características distintivas a nivel de la demanda y la oferta, respectivamente.

Por el lado de la demanda, ésta es muy fragmentada (muchos clientes de baja facturación) y -más importante que esto- inelástica, que en lenguaje de los economistas significa que bajo determinadas circunstancias el cliente estará dispuesto a pagar “lo que sea” por contar con el servicio.

Basta imaginarnos cómo serían nuestras vidas sin agua, luz o teléfono (y cada vez más internet!), para entender lo “inelástica” que resulta la demanda por estos servicios.

Por el lado de la oferta, ésta es por naturaleza escasa, porque los servicios públicos se respaldan en infraestructuras de gran envergadura, y que por tanto van asociadas a grandes volúmenes de inversión.

Esto quiere decir que la viabilidad económica de estos servicios exige un volumen grande de clientes, lo cual significa en general que el número de operadores que el mercado “resiste” es pequeño (muchas veces el mercado “no deja espacio” para más que 1 operador, el caso de Sedapal como operador de saneamiento en Lima, por ejemplo).

Esta particularidad de oferta escasa y demanda inelástica configura un escenario de mercado imperfecto, en el sentido de que asienta las condiciones para que –en ausencia de regulación- los “ofertantes” establezcan precios altos, que los clientes tendrían que pagar precisamente por la naturaleza inelástica de su demanda.

Por lo tanto, es ahí que existe una agenda para la regulación, que idealmente establece las tarifas en base a costos, con lo cual simula un escenario de libre mercado.

La regulación implica un costo para la sociedad, porque exige el sostenimiento de una institución para la gestión del marco regulatorio (Osiptel en el caso de las telecomunicaciones en Perú), pero este costo es aceptable en tanto resulta menor al costo social que se originaría por la ausencia de regulación.

Siendo éste el contexto teórico, la práctica no es tan sencilla, por cuanto no existe –y más aún, no es posible que exista- una metodología cuyos criterios de aplicación sean universalmente aceptados por los profesionales de la industria.

Esto implica que, como parte del ejercicio de sus funciones, cada vez que el agente regulador introduzcala posibilidad de regular una nueva tarifa o cargo, debe antes plantearse el costo-beneficio social por tal intervención.

Y es en ese sentido que no estamos convencidos que introducir la regulación de la tarifa fijo-móvil en los términos actualmente planteados por Osiptel sea lo más conveniente para todos quienes somos usuarios del servicio de telefonía fija y móvil.

Lo curioso del asunto es que, en principio, por supuesto que todos nosotros debemos sentirnos cómodos con una reducción de la tarifa a S/.0,30 (respecto a su nivel actual de S/.0,60).

Lo que probablemente no nos agrade a todos sea que, en el camino, la ya escasa competencia que existe en telefonía fija termine desapareciendo, con el consecuente perjuicio para todos los usuarios.

Es decir, lo que en principio puede sonar muy atractivo y conveniente puede terminar siendo contraproducente y perjudicial para todos nosotros.

Una mejor solución que ésa es, a nuestro entender, forzar una reducción hasta dicho nivel de S/.0,30, pero partiendo desde el nivel actual de S/. 0,60 y durante un período de 12 a 18 meses, que permita a los operadores –sobre todo a los no incumbentes- a acomodar sus estructuras de costos para tal fin.

En el caso de Movistar, operador fijo sujeto a regulación, Osiptel puede alternativamente establecer que las reducciones en la tarifa fijo-móvil sean consecuentes con la regulación del factor de productividad a la cual está sujeta toda la parrilla de tarifas fijas locales.

Como vemos, opciones existen, incluso tomando como referencia experiencias previas aplicadas por Osiptel y, lo importante, reiteramos, es actuar con una perspectiva de impacto inmediato pero sin descuidar los posibles impactos más duraderos en el tiempo.

Antecedentes

Todo empezó en el año 1996, cuando Osiptel dispuso que la tarifa fijo-móvil fuera establecida por el operador móvil.

Esto es relativamente contra-intuitivo, porque lo entendible es que el operador que brinda el servicio (el operador fijo, en este caso) sea, tal como ocurre con el grueso de bienes y servicios, quien fije la tarifa.

La racionalidad de esta curiosa situación es que –ubicándonos en el contexto del año 1996-, el regulador entendía que el “impulso regulatorio” de la telefonía móvil (penetración 1996: 5%) era sumamente conveniente, considerando los beneficios diferenciales respecto a la telefonía fija (penetración 1996: 8%).

Vistos los resultados actuales (penetración 2010: 101% móvil, 10% fija), no es difícil estar de acuerdo en que la contribución de esa decisión es bastante tangible, y que por tanto la posibilidad de que la tarifa fijo-móvil sea ahora fijada por el operador fijo sea bastante plausible.

La trampa del precio bajo

Todos deseamos pagar el menor precio posible por todo bien o servicio cuya compra valoramos. De hecho, bajo circunstancias normales a todos nos agrada recibir regalos (precio cero).

De esta manera, bajo la lógica de un beneficio a los usuarios, una tarifa de S/.0,20 sería mejor que una de S/.0,30, una tarifa de S/.0,10 sería mejor que una de S/.0,20, y así sucesivamente.

Así, por ejemplo, OSIPTEL ha manifestado públicamente su posición de que una tarifa tope de S/.0,30 por minuto para las llamadas fijo-móvil ahorraríaa los usuarios un total de S/.136 millones en el primer año de aplicación de la regulación.

Bajo esa misma lógica, podríamos decir que si la tarifa tope que fijara fuera S/. 0,20 por minuto, el ahorro llegaría a S/.170 millones, y si fuera S/.0,10 por minuto sería aproximadamente S/.200 millones.

Sin embargo, bien acuñó el reconocido economista Milton Friedman la frase “no hay almuerzo gratis”, con la que quiso expresar el concepto de que el mercado siempre termina ajustándose por las fuerzas de la oferta y la demanda.

Si traducimos esto al caso específico de la tarifa fijo-móvil, esto significa que si Osiptel no sigue criterios para aproximar su regulación a un escenario de libre mercado, éste terminará ajustándose siempre por el lado más frágil.

En concreto, sabremos que la tarifa regulada es distorsionadamente alta si la respuesta de la demanda es evitar realizar llamadas fijo-móvil. Y sabremos que la tarifa es distorsionadamente baja si la respuesta de la oferta es evitar que sus clientes realicen llamadas fijo-móvil.

Por su propio rol en defensa de los usuarios, es mucho más probable que Osiptel tenga un sesgo para fijar una tarifa distorsionadamente baja, lo cual debe ser motivo de preocupación para todos nosotros los usuarios, si nos interesa entender los impactos duraderos sobre nuestros bolsillos mucho más que los impactos inmediatos.

Una tarifa distorsionadamente baja afecta a la competencia

El inconveniente con la tarifa tope fijo-móvil propuesta por Osiptel es que no recoge los costos reales de los operadores fijos (es decir, no se aproxima acertadamente a un escenario de libre mercado), lo cual puede acarrear un efecto nocivo mediato mayor que el supuesto beneficio inmediato para los usuarios.

Los 3 operadores fijos más representativos en el mercado, es decir, tanto Movistar (lo entendible) como Claro y Americatel (lo preocupante) han expresado su posición en ese sentido.

Siendo que la posición de mercado de Movistar como operador con mayor cuota de mercado (96% de líneas fijas) es mucho más sólida, el mayor impacto ocurriría sobre los otros 2 operadores.

A su vez, siendo que Claro registra un tamaño de negocio total mayor que Americatel (ingresos 2010: US$ 1 100 vs. US$ 39 millones, respectivamente), y que el peso relativo del servicio de telefonía fija en la torta de negocios es mayor en Americatel que en Claro (telefonía fija como % de ingresos 2010: ~25% vs. ~10%, respectivamente), podemos inferir que el impacto será mayor en Americatel que en Claro.

Es por eso que, siendo Americatel un operador con una trayectoria de mercado por cerca de 10 años como una interesante tercera opción alternativa para los usuarios de telefonía fija (local y de larga distancia), una decisión regulatoria como la mencionada sobre la tarifa fijo-móvil terminaría contribuyendo con que el mercado de telefonía fija siga concentrándose en 2 operadores.

Es por eso que llegamos a la paradójica conclusión motivo de este artículo: el ahorro inicial en beneficio de todos nosotros como usuarios se convertiría luego en un perjuicio por contar con menos opciones en la oferta de servicios entre las que podamos elegir.

Conclusiones

Estamos a tiempo. No existe un plazo formalmente definido, pero es conocido que Osiptel busca tomar una decisión final sobre la regulación de la tarifa fijo-móvil en las próximas semanas.

No cabe duda que un interés de su parte por proteger a los usuarios es sumamente loable, más allá de ser parte de sus funciones, pero al mismo tiempo consideraríamos valioso que los impactos potenciales tomados en cuenta como sustento para su decisión sean tanto los de corto como los de mediano plazo.

Más aún, sería muy conveniente ubicar esta discusión sobre la tarifa fijo-móvil en un contexto más amplio sobre las políticas de cobertura y competencia, específicamente considerando las condiciones favorables para el establecimiento de una modalidad de interoperabilidad, mediante las cuales los usuarios puedan elegir el operador fijo desde el cual deseen realizar las llamadas fijo-móvil, mediante el uso de un código similar al caso 19-XX, medida regulatoria que se encuentra ya encaminada.

Confiamos entonces en que, tal como en muchas otras oportunidades ha ocurrido, Osiptel logre tomar una decisión regulatoria que contribuya con el sano desarrollo de nuestro mercado de telecomunicaciones.