El 01 de marzo pasado, un grupo de parlamentarios encabezados por el congresista Wuilian Monterola (Perú Posible) presentó un proyecto de ley para la creación del sistema de portabilidad numérica en los servicios de telefonía fija, modalidad conocida abreviadamente como “portabilidad fija”.

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A nuestro entender, su aprobación luego del proceso legislativo correspondiente, introducirá un factor sin precedentes para contribuir con un sano nivel de competencia para dicho servicio, siendo telefonía fija uno de los servicios de telecomunicaciones más concentrados en Perú, siendo de por sí nuestro país el mercado de telecomunicaciones más concentrado en Sudamérica.

Portabilidad fija: el concepto

En forma similar a la portabilidad móvil, la portabilidad fija es una funcionalidad que permite a un cliente de telefonía fija conservar el número telefónico cuando migra de un operador a otro.

En ese sentido, la portabilidad numérica es una herramienta regulatoria para introducir competencia en el servicio. “La capacidad de los clientes del servicio de retener sus números telefónicos al momento de cambiar de operador, les ofrece flexibilidad en los precios y la calidad de servicio que elijan comprar”, cita un documento emitido en el año 1996 por la Federal Communications Commission (FCC, agencia de regulación en dicho país, dos años antes de su lanzamiento.

Existen en principio 3 formas de portabilidad numérica (entre operadores, entre los servicios fijo y móvil, y entre áreas geográficas), siendo la modalidad de portabilidad entre operadores la más difundida internacionalmente.

La experiencia internacional

Aunque hubo algunos países con una implementación previa, el caso de la portabilidad numérica adquirió importancia internacional con su introducción en Estados Unidos, en el año 1998.

El gráfico siguiente nos muestra la implementación progresiva de la portabilidad móvil y fija en el mundo:

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Como podemos notar, el proceso de implementación de la portabilidad numérica ha sido relativamente paralelo para la telefonía móvil y fija, siendo que América Latina ha sucedido desde el año 2008 a la fecha al proceso seguido durante el período 1998-2008 por los países de Europa, Estados Unidos y Canadá.

En ese sentido, la portabilidad numérica en la región ha sido implementada en mercados con un nivel de penetración promedio de 80% en telefonía móvil y de 20% (nivel de penetración predominante en la región) en telefonía fija.

El caso peruano: la telefonía móvil

Perú cuenta con la modalidad de portabilidad móvil desde el año 2010, según lo estableció la ley 28999 del año 2007 (reglamentada un año después por la Resolución Nº 044-2008-CD-OSIPTEL), que a su vez resultó de un proceso legislativo iniciado en el año 2004.

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Desde un punto de vista técnico, la existencia de la portabilidad numérica exige la implementación de un sistema de gestión de base de datos que permita a un operador móvil “receptor” reconocer en su plataforma como suyo a un número telefónico procedente de un operador móvil “donante”.

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La solución adoptada en el mercado peruano lleva el nombre de “all-call query”, mediante la cual el operador que origina una llamada accede a una base de datos centralizada, gestionada por el consorcio CEI (integrado por 2 compañías de origen español y 1 de Perú), que enruta la llamada al operador de destino.

Desde un punto de vista económico, el principal beneficio de la portabilidad móvil no consiste naturalmente en el cálculo del número de líneas “portadas” (recordemos que la portabilidad móvil es un medio y no un fin), sino en el impacto sobre la relación precio-calidad obtenida por los clientes de telefonía móvil.

En ese sentido, estadísticas de mercado sugieren que los precios por minuto durante los últimos 2 años (desde su implementación) han mantenido la tendencia declinante de años previos, aunque quizás aún a un ritmo insuficiente para acercarnos a estándares internacionales (lo cual no hace más que validar la necesidad de aplicar herramientas complementarias de política pro-competencia (tales como operadores móviles virtuales, por citar un ejemplo).

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El proyecto de ley

Si bien el texto del proyecto de ley es bastante lacónico (apenas 1 página y 3 artículos), el momentum legislativo ocurrirá cuando –una vez aprobada- el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y Osiptel emitan el reglamento correspondiente.

En ese sentido, la exposición de motivos del proyecto de ley considera que “… la portabilidad numérica fija promueve la competencia más equitativa en mercados altamente concentrados como en el caso peruano…”.

Cierto es que el precedente legislativo sobre la implementación de la portabilidad móvil debería crear condiciones para que en este caso, la implementación normativa y comercial no tome los mismos 5 años, sino de hecho mucho menos, lo cual explicaría que el proyecto de ley considera un plazo de vigencia desde el 01 de enero del 2013.

Por lo tanto, consideramos que la Comisión de Transportes y Comunicaciones debería evaluar con celeridad la jurisprudencia y el impacto sobre los usuarios que resultan tanto de la implementación de la portabilidad fija en países de la región, como de la portabilidad móvil en los últimos 2 años en Perú.

La posterior reglamentación específica de esta funcionalidad ha de considerar aspectos relevantes para los usuarios (gratuidad o no, facilidad de trámite, plazo de ejecución, continuidad del servicio, entre otros) en los que precisamente lo citado en el párrafo será de ayuda, pero todo ello en un contexto en el que, tal como mencionamos al inicio de este artículo, la implementación fija de la portabilidad representaría a nuestro entender uno de los pasos más importantes en la aplicación de políticas promotoras de un clima de sana competencia en el mercado de telecomunicaciones en el país.